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    FSOC – Lucha de clase

    Organización de choque en la empresa

    La sección sindical no es una concesión de la empresa: es un instrumento de lucha de la clase trabajadora en el centro de trabajo.

    Las secciones sindicales y las delegadas y delegados sindicales no son meros trámites de la ley ni gestiones administrativas. Son herramientas de organización, de defensa y de confrontación con el poder empresarial. La Ley Orgánica de Libertad Sindical regula esa figura, pero su verdadero significado está en la práctica de los trabajadores y trabajadoras que se organizan para luchar.

    Hablar de sección sindical es hablar de presencia combativa en la empresa, de organización de choque, de personas que no esperan a que caiga el despido o el recorte de derechos, sino que se organizan para prevenirlos, enfrentarlos y denunciarlos.

    Sección sindical: organización de base en la empresa

    La sección sindical es la estructura del sindicato dentro de la empresa o centro de trabajo. Está formada por las personas afiliadas, pero no depende de la complacencia de la dirección. Su existencia se sostiene en la voluntad organizada de la clase trabajadora, no en la condescendencia empresarial.

    La sección sindical se convierte en el punto de reunión, de información, de coordinación de luchas y de impulso de la acción colectiva de la clase obrera. No es una oficina de gestión de papeleo, sino un espacio de preparación de la lucha, de formación política y de organización de resistencia.

    Entre sus funciones están

    Recibir la información que les remita el sindicato, celebrar reuniones, previa notificación al empresario, recaudar cuotas y distribuir información sindical, fuera de horas de trabajo y sin perturbar la actividad de la empresa.

    Los órganos de representación y decisión serán los siguientes:

    • El Consejo de la Sección sindical
    • La Asamblea de afiliadas y afiliados de la Sección sindical.

    La composición y el reparto de funciones y responsabilidades del Consejo de la Sección, será la que establezca la Asamblea de afiliadas y afiliados respetando lo establecido en LOLS  y en los Estatutos del Sindicato Obrero Canario FSOC. La Asamblea de afiliadas y afiliados se reunirá de forma ordinaria, una vez cada 3 meses y de forma extraordinaria por acuerdo el Consejo de la Sección sindical o por iniciativa del 25% de las personas afiliadas en la empresa o centro de trabajo.

    Las funciones básicas de la Asamblea de la Sección sindical serán las siguientes:

    •  Velar por la buena imagen del Frente Sindical Obrero de Canarias y de la Sección Sindical a la que pertenezca en la empresa o centros de trabajo y fomentar el incremento y participaci6n de la filiación.
    •  Velar en estrecha colaboración con los órganos de representación de las y los trabajadores.
    •  Cumplir y hacer cumplir las decisiones tomadas en asamblea.
    •  Distribuir la propaganda del sindicato o de la Sección sindical en la empresa o centro de trabajo.
    •  Potenciación y defensa de los órganos de representaci6n de las y los trabajadores, en la determinación de las condiciones de los puestos de trabajo y de la negociación colectiva.

    En las empresas o centros de trabajo que ocupen a más de 250 trabajadoras y trabajadores, las secciones sindicales que puedan constituirse por las personas trabajadoras afiliadas al Sindicato Obrero Canario FSOC con presencia en los comités, estarán representadas, a todos los efectos, por delegadas y delegados sindicales elegidos por y entre la afiliación del Frente Sindical Obrero de Canarias FSOC en la propia empresa.

    Las delegadas y delegados de las secciones sindicales, en el caso de que no formen parte del comité de empresa, tendrán las mismas garantías que los miembros de comités de empresas y delegadas y delegados de personal (no así al crédito horario, que tendría que ser para empresas de más de 250 trabajadores y trabajadoras), tendrán derecho a acceder a la misma información y documentación que aquéllos, podrán asistir a las reuniones de los citados comités y de los órganos internos de la empresa cuando versen sobre cuestiones de seguridad e higiene (con voz pero sin voto), y deberán ser oídos por la empresa previamente a la adopción de medidas de carácter colectivo que afecten a las personas trabajadoras en general y a su afiliación, en este caso del Sindicato Obrero Canario FSOC en particular, y especialmente en los despidos y sanciones de estos últimos.

    Funciones de clase y combate

    • Informar a la plantilla sobre sus derechos, pero también sobre el poder de la clase trabajadora organizada.
    • Denunciar y resistir cualquier intento de flexibilidad, precariedad, recorte de jornada o bajada de salarios.
    • Construir redes de apoyo entre compañeros, crear comités de lucha y articular huelgas, movilizaciones y paros.
    • Impulsar la afiliación, la formación política y la conciencia de clase en cada centro de trabajo.
    • Confrontar el chantaje empresarial, el miedo y la represión sindical con unidad, organización y firmeza.

    Delegadas y delegados sindicales: representación de combate

    Las delegadas y delegados sindicales no son intermediarios cómplices ni mediadores complacientes. Son representantes de la clase trabajadora frente a la patronal. Deben actuar con claridad, sin sometimiento a la empresa, sin claudicar ante el chantaje y sin entregar los derechos de la plantilla a cambio de favores.

    La figura de la delegada sindical solo tiene sentido si está al servicio de la organización y la lucha, no si se convierte en mero trámite de gestión o en enlace servil con la dirección. Su fuerza nace de la confianza de la plantilla, de la capacidad de organizar y de la voluntad de luchar.

    FSOC. Secciones sindicales y delegados y delegadas sindicales

    Serán elegidos por las asambleas de las personas afiliadas de las empresas respectivas, por mayoría simple de los miembros presentes en las asambleas convocadas al efecto, siempre que haya quorum.

    Los delegados y delegadas sindicales podrán ser revocadas por la asamblea de afiliados y afiladas, en los mismos términos citados en el párrafo anterior.

    Derechos, pero sobre todo deberes de clase

    La ley reconoce derechos a las secciones sindicales: uso de tablones, reuniones, acceso a información, presencia en el diálogo social. Pero esos derechos no son regalos: se han conquistado con lucha de la clase trabajadora. Por eso, hay que usarla para avanzar y reforzar el poder sindical.

    Los delegados y delegadas sindicales tienen el deber de:

    • Denunciar ante la Inspección de Trabajo todo incumplimiento de la ley, del convenio o de los derechos laborales.
    • Impulsar acciones colectivas, huelgas y movilizaciones cuando la empresa trate de imponer condiciones anti trabajadoras.
    • Coordinar la actividad militante de la afiliación en la empresa o en los centros de trabajo, con la estrategia del sindicato a nivel nacional, insular o de su Sección.
    •  Coordinar la actividad militante y las reivindicaciones de la afiliación la representación que tenga el Frente Sindical Obrero de Canaria en los órganos de representación en la empresa.
    •  Coordinar las demandas de la afiliación con la oferta de servicios a nivel nacional o insular.
    •  Informar al Consejo Insular de las altas y bajas que se produzcan.
    •  Ostentar la representaci6n del Frente Sindical Obrero de Canarias en el ámbito de su empresas.

    FSOC: organización de clase en el centro de trabajo

    FSOC entiende la sección sindical como un punto de apoyo de la clase trabajadora en cada empresa. No busca acuerdos cómodos, sino reforzar el poder de la plantilla, enfrentar los despidos, defender salarios, luchar por reducción de jornada y mejorar condiciones de trabajo.

    Una sección sindical FSOC en una empresa no es un mero registro legal. Es un espacio de confrontación con la dirección, de construcción de poder colectivo, de organización de lucha y de defensa de las condiciones de vida y de trabajo de la clase trabajadora canaria.

    Organizar, luchar, ganar

    La libertad sindical solo se ejerce en la práctica, no en los papeles. La sección sindical y la delegada o delegado sindical solo son útiles si se usan para luchar. No sirven para legitimar el abuso de la patronal, sino para enfrentarlo con firmeza, claridad y unidad.

    Por eso, desde FSOC llamamos a:

    • Construir secciones sindicales activas en cada centro de trabajo.
    • Impulsar la elección de delegadas y delegados sindicales combativos, firmes y militantes.
    • Transformar cada empresa en un espacio de organización, resistencia y lucha de clase.

    La presencia de FSOC en las empresas no es una aspiración, es una necesidad. Porque donde hay organización de clase, hay menos concesiones, menos miedo y más victorias.

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